miércoles, 25 de enero de 2017

Puigdemont en Bruselas

Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña, de 9 de noviembre de 2015 sobre el inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015

"Segundo: El Parlamento de Cataluña declara solemnemente el inicio del proceso creación de un Estado catalán en forma de república.
(...)
Cuarto: El Parlamento de Cataluña insta al futuro Gobierno a adoptar las medidas necesarias para hacer efectivas estas declaraciones"

Sentencia 259/2015, de 2 de diciembre del Tribunal Constitucional 

"Fundamento Jurídico 4: Como consecuencia recae sobre los titulares de cargos públicos un cualificado deber de acatamiento a dicha norma fundamental [la Constitución], que no se cifra en una necesaria adhesión ideológica a su total contenido, pero sí en el compromiso de realizar sus funciones de acuerdo con ella y en el respeto al resto del ordenamiento jurídico.
(...)
FALLO: Ha decidido estimar la impugnación (...) contra la Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña (...) declarando en consecuencia su inconstitucionalidad y nulidad."

Auto del Tribunal Constitucional de 19 de julio de 2016

"la creación de la Comisión [de estudio del proceso constituyente] podría ser entendida como un intento de dar apariencia de validez al denominado proceso constituyente en Cataluña, cuya inconstitucionalidad fue declarada por la STC 259/2015, y esto es suficiente para que deba estimarse el incidente de ejecución planteado
(...)
En suma, la actividad de la comisión creada resulta absolutamente inviable si no se entiende condicionada al cumplimiento de las exigencias de la Constitución y, en general, a los marcos que rigen para la actividad política. Así lo declaró el Tribunal advirtiendo asimismo a los poderes implicados y a sus titulares, bajo su responsabilidad, de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir estos mandatos."

Discurso de Carles Puigdemont en el Parlamento Europeo, 24 de enero de 2017

"De acuerdo con el resultado de las elecciones del año 2015, por tanto, existe en Cataluña una mayoría de ciudadanos que quiere construir un nuevo Estado que dé respuesta a sus necesidades y ambiciones de futuro y el Parlamento y el Gobierno tienen el encargo claro e inequívoco de trabajar para hacerlo posible. Durante todo este tiempo se ha estado haciendo y se está haciendo el trabajo necesario para poder llegar a ser un Estado, eso incluye la preparación de las estructuras de Estado y la legislación necesaria para poder actuar como un país independiente integrado en la Unión Europea y en la comunidad internacional."

Artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional 

"En caso de advertirse que una resolución dictada en el ejercicio de su jurisdicción pudiera estar siendo incumplida, el Tribunal, de oficio o a instancia de alguna de las partes del proceso en que hubiera recaído, requerirá a las instituciones, autoridades, empleados públicos o particulares a quienes corresponda llevar a cabo su cumplimiento para que en el plazo que se les fije informen al respecto".

No hay comentarios: